Preguntas frecuentes - Becas para residencias artísticas y de investigación en la Real Academia de España en Roma
Preguntas frecuentes Becas para residencias artísticas y de investigación en la Real Academia de España en Roma
Las bases, finalidad, objeto, condiciones específicas y demás características de cada programa de becas se pueden consultar en la Convocatoria publicada en Sede Electrónica de la AECID.
El plazo para tramitar la solicitud es 10 días habiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado
El régimen horario de cómputo de plazos se establecerá de acuerdo con el calendario, fecha y hora oficial, publicado en la Sede Electrónica de la AECID.
Las condiciones económicas de la presente convocatoria son las siguientes:
- Dotación mensual según el programa de beca elegido.
- Alojamiento en la Academia, sin manutención. El régimen de alojamiento es individual.
- Gastos de producción.
Se debe consultar el apartado "6.2.d Dotación de la beca" de la Convocatoria
Puede solicitar de cuatro a ocho meses, dentro del periodo 1 de noviembre de 2025 al 30 de junio de 2026. El periodo de concesión de todas las becas se iniciará el 1 de noviembre de 2025.
La solicitud de la beca se realiza por vía telemática, cumplimentando el formulario que estará disponible en la Sede Electrónica de la AECID en el plazo de solicitud estipulado para cada programa.
Sólo se realizará una solicitud. El incumplimiento de esta cláusula conllevará que ninguna de las solicitudes se tenga por presentada.
La presentación de una solicitud por cualquier vía que no sea la telemática se considerará como no presentada.
El formulario estará disponible en la Sede Electrónica de la AECID en el plazo de solicitud estipulado.
Para poder acceder al mismo deberá seguir los siguientes pasos:
- Si nunca ha accedido a la Sede Electrónica de la AECID:
- Entrar en Carpeta del Ciudadano
- Registrarse mediante la opción "Altas de nuevos usuarios".
- Una vez completado el proceso de registro, recibirá un correo de confirmación en la dirección que haya especificado. Deberá confirmar el registro mediante el enlace contenido dentro del mismo.
- Cuando haya confirmado su registro, al acceder a Carpeta del Ciudadano con su usuario y contraseña, podrá visualizar los distintos procesos de solicitud abiertos.
- Seleccione convocatoria de becas.
Video explicativo para darse de alta en Sede Electrónica
- Si está dado de alta en la Sede Electrónica de la AECID:
- Deberá acceder con su usuario y contraseña a Carpeta del Ciudadano.
- Seleccione convocatoria de becas.
Nota: antes del comienzo del plazo de solicitud y una vez concluido el mismo, no estará disponible el acceso al formulario de solicitud.
El formulario estará disponible en la Sede Electrónica de la AECID en el plazo de solicitud estipulado en la Convocatoria.
Nota: antes del comienzo del plazo de solicitud de cada programa y una vez concluido el mismo, no estará disponible el acceso al formulario de solicitud.
Para poder modificar sus datos de identificación, datos personales o datos de contacto:
- Deberá acceder con su usuario y contraseña a Carpeta del Ciudadano
- Seleccione en el menú de la izquierda la opción "Editar Usuario"
- Introduzca los datos que desea modificar y pulse "Enviar Datos"
Los datos que haya introducido habrán sido modificados.
Para poder modificar su contraseña:
- Deberá acceder con su usuario y contraseña a Carpeta del Ciudadano
- Seleccione en el menú de la izquierda la opción "Cambio de Password"
- Pulse "Establecer"
- Se le enviará un correo electrónico con un enlace para que pueda establecer una nueva contraseña.
No. Solamente se puede solicitar la beca mediante el formulario on line. Quedarán ulterior y automáticamente eliminadas aquellas solicitudes no presentadas por vía telemática.
Las nacionalidades que pueden optar a esta Convocatoria según el apartado 2 son:
- España.
- Unión Europea (excepto España): Alemania, Bélgica, Croacia, Dinamarca, Francia, Irlanda, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos, Suecia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Grecia, Malta, Polonia, República Checa, Austria, Chipre, Eslovenia, Finlandia, Hungría, Italia, Lituania, Portugal y Rumanía.
- Iberoamérica: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
Sí, los ciudadanos de la Unión Europea pueden solicitar la beca.
Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
La titulación académica necesaria varía en función del tipo de proyecto vaya a presentar, deberá consultar las condiciones específicas que figuran en la Convocatoria
Sí, puede solicitarla.
La documentación que debe enviar es la señalada en el apartado 3.7 de la Convocatoria
Los documentos presentados en lengua distinta al español deberán acompañarse de traducción a esta lengua. No se requiere traducción oficial
Al cumplimentar el formulario de solicitud electrónica, adjuntará los archivos correspondientes a los documentos que debe aportar en los espacios habilitados para cada documento.
Los documentos presentados en lengua distinta al español deberán acompañarse de traducción a esta lengua. No se requiere traducción oficial.
No. Solamente se puede presentar la documentación adjuntándola al formulario de solicitud electrónica. La documentación enviada por correo postal, email o entregada en registro en soporte papel se tendrá por no presentada.
Admite archivos en formato pdf.
Únicamente podrá adjuntar un archivo por tipo de documento o requerimiento. El archivo podrá contener varias páginas.
Únicamente podrá adjuntar un archivo por tipo de documento o requerimiento. El archivo podrá contener varias páginas.
Si el documento que desea adjuntar está dividido en varios archivos tendrá que unificarlos en un solo archivo en formato pdf.
Puede consultar aquí como firmar con certificado electrónico un documento en PDF
Finalizado el plazo de solicitud, se avisará por correo electrónico a cada solicitante de la publicación en la Sede Electrónica de la AECID de la lista provisional de solicitantes en la que conste el requisito o los requisitos especificados para cada Programa en el Anexo I de la Convocatoria que, en su caso, no reuniese. Asimismo se comunicarán, si los hubiere, los defectos en la presentación de la documentación.
El solicitante tendrá un plazo de 10 días hábiles para adjuntar en formato electrónico la documentación que falte o subsanar la que no se hubiera presentado correctamente, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional.
El plazo finalizará a las 23:59:59 horas del registro electrónico de la AECID del día establecido.
Pasado dicho plazo sin subsanar el incumplimiento del requisito o la documentación acreditativa, igualmente en soporte electrónico, se tendrá por desistido en su solicitud.
Debe acceder a su “carpeta del ciudadano” en la sede electrónica y en su expediente podrá encontrar el formulario de subsanación donde adjuntar la documentación o requisito solicitado.
Únicamente serán subsanables los documentos que se relacionan en la lista publicada en la Sede Electrónica.
El solicitante tendrá un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional.
El plazo finalizará a las 23:59:59 horas del registro electrónico de la AECID del día establecido.
Pasado dicho plazo sin subsanar el incumplimiento del requisito o la documentación acreditativa, igualmente en soporte electrónico, se tendrá por desistido en su solicitud.
Deberá consultar la lista publicada en la Sede Electrónica donde se detallará qué documentos debe subsanar. Únicamente serán subsanables dichos documentos.
La documentación que se presente en el plazo inicial de solicitud y sea validada como acreditación del requisito no se podrá modificar en el plazo de subsanación.
La documentación, que se presente durante el periodo de subsanación, acreditativa de requisitos ya validados no se tomará en consideración.
El proceso de evaluación y los criterios evaluables se pueden consultar en el apartado 4 de la Convocatoria.
La Comisión de valoración realizará las actuaciones que estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos aportados por el solicitante.
Las entrevistas de todos los Programas se realizan en la sede de AECID, sita en Avenida de Reyes Católicos número 4 de Madrid. No obstante, si las circunstancias así lo aconsejan, las entrevistas del comité también podrán realizarse por Videoconferencia.
En Sede Electrónica se publicarán las resoluciones que incluirán las listas de beneficiarios, suplentes en su caso, solicitantes que no siguieron el proceso de evaluación por desistimiento y sus causas, así como las becas no concedidas por imposibilidad material sobrevenida, en su caso. Los listados con la puntuación obtenida, o los requisitos no subsanados, se publicarán en la Sede Electrónica de la AECID identificando a los interesados por el código de solicitud.
No. El trámite del visado lo gestiona el interesado asumiendo los gastos de dicho trámite.
Para las personas nacionales de un país europeo no es necesario visado.
Para las personas nacionales de un país iberoamicano, en los servicios consulares de la Embajada de Italia en el país de origen.
La concesión y disfrute de la beca no crea relación laboral ni estatutaria alguna con la AECID.
Puede interponer un recurso ante lo contencioso administrativo sobre la resolución de concesión. Puede presentar recurso potestativo de reposición o recurso Contencioso-Administrativo (ver apartado 5 de la Convocatoria).